Antes de construir o utilizar un pozo de agua privado es necesario conocer los trámites administrativos aplicables. Tener el pozo dentro de una propiedad particular no significa que pueda perforarse o explotarse sin autorización o comunicación previa.
En las cuencas internas de Cataluña, la Agencia Catalana del Agua —ACA— es el organismo encargado de autorizar los usos privados del agua e inscribirlos en el Registro de Aguas. El procedimiento depende principalmente del volumen anual, la ubicación del pozo y el lugar donde se utilizará el agua.
Cuando se prevé extraer menos de 7.000 m³ anuales y el agua se utiliza dentro de la misma finca donde se encuentra la captación, normalmente debe tramitarse como un aprovechamiento de aguas subterráneas.
Sin embargo, puede ser necesaria una autorización administrativa previa cuando el pozo se encuentra:
La ACA dispone de un visor cartográfico que permite comprobar qué tipo de trámite corresponde según las coordenadas del futuro pozo.
Debe tramitarse una concesión cuando:
La concesión regula el volumen autorizado, el uso del agua y las condiciones de explotación de la captación.
En el caso de un pozo antiguo, conviene comprobar si está inscrito en el Registro de Aguas y si sus características coinciden con el uso actual. Los cambios de titular, caudal, uso o condiciones de explotación pueden requerir una modificación o transmisión del aprovechamiento.
No es recomendable utilizar un pozo sin conocer su situación administrativa, ya que la ACA puede sancionar los usos del agua que incumplan la normativa vigente.
Cada proyecto debe estudiarse de forma individual. La ubicación, la cercanía a otros pozos, el volumen previsto y el destino del agua pueden modificar el procedimiento.
En Perforacions i Bombes Barcelona estudiamos las características técnicas de cada proyecto y realizamos perforaciones de pozos en Barcelona y diferentes municipios de Cataluña.
No siempre. Primero debe comprobarse la viabilidad técnica, la situación del acuífero y el trámite administrativo correspondiente.
Sí. Aunque el agua se utilice únicamente para riego, el aprovechamiento debe comunicarse o autorizarse según el volumen y la ubicación.
Cuando sea necesaria una autorización previa, no deben iniciarse los trabajos hasta recibir la resolución correspondiente.
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